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Procesos en Burgui (1535 y 1569)

El proceso de brujería más conocido de Burgui es el que tuvo lugar desde 1569 hasta 1571, pero otro proceso había tenido lugar tres décadas antes, en 1535. De hecho, algunas de las implicadas fueron acusadas en ambos juicios. En aquella ocasión, al menos nueve mujeres burguiarres fueron acusadas, algunas incluso condenadas a pena de destierro y, aunque no hubo ejecuciones, la convivencia quedó enrarecida por las difamaciones e injurias que parte del vecindario dirigía a las acusadas.

En 1569, un nuevo proceso tuvo como acusado principal al vicario de Burgui, Don Pedro de Lecumberri. Por ese motivo, este litigio tuvo un desarrollo diferente, y se encargaron de su seguimiento diversas instancias religiosas. Junto a él fueron acusadas más personas, entre ellas María Gracieta, su hija María Garate y su nieta Gracieta. Se les atribuían reniegos de la fe cristiana, reuniones nocturnas con el demonio, profanaciones de cruces, supuestos ayuntamientos (akelarres) y la enseñanza de estas prácticas a los niños. También aparecían referencias a sapos, ungüentos y amenazas, típicas del imaginario brujeril del momento.

Portada del libro «Las brujas de Burgui» (Evidencia Médica, 2013), en el que Félix Sanz Zabalza analizó en profundidad este proceso por brujería.

Además del interés intrínseco del proceso en sí, éste de Burgui tiene la particularidad de que, en las declaraciones de tres de las testigos, niñas que solo conocían el uskara roncalés, se recoge el reniego de Dios en dicha lengua, y con ello nos deja el testimonio escrito más antiguo de nuestro dialecto. Transcribo a continuación el de Ana Portaz, de 9 años, siendo los otros dos reniegos similares: ‘Arnega eçaçuey Janguoycoaz, eta Andredonamariaz, eta aren semeaz, eta Sancta Anna eta aytaz eta azcaci guçuez’ [que se traduce como ‘Renegad de Dios y de Nª señora Santa María y de su hijo y de Santa Anna y de vuestros padres y todos los parientes’].

El juicio principal se celebró en el Tribunal Eclesiástico de Pamplona en el otoño de 1569. La defensa presentó numerosos testigos que destacaron la buena conducta del clérigo y de las mujeres acusadas, y pusieron en duda la fiabilidad de las declaraciones infantiles, influidas por miedos, rumores y rivalidades familiares, pero también hubo diversos testimonios en contra de los procesados. La primera sentencia les absolvió, aunque les impuso restricciones y el pago de las costas, lo que provocó recursos por ambas partes.

El proceso pasó después a la Curia Metropolitana de Zaragoza, que condenó a Lecumberri al destierro temporal. Sin embargo, el clérigo apeló a la Santa Sede, y el nuncio papal ordenó la suspensión de las sentencias y la repetición del juicio con mayores garantías. El fallo final, dictado en Pamplona entre finales de 1570 y comienzos de 1571, absolvió a todos los acusados y permitió a Lecumberri recuperar su cargo.

Aunque el proceso no terminó con ejecuciones, dejó una profunda huella en Burgui. El pueblo quedó dividido en bandos, deteriorándose la convivencia durante años, dejando entrever cómo detrás de algunas de esas acusaciones de brujería subyacían realmente las envidias y las rivalidades personales… que, como veréis en otro artículo, aún darían lugar a nuevos procesos, repitiéndose varias de las acusadas.

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